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Organigrama
Leyes y reglamento
Atribuciones
Antecedentes




Atribuciones

La Institución del Ministerio Público del Estado, presidida por el Procurador General de Justicia, en su carácter de Representante Social, tendrá las siguientes atribuciones que ejercerá por conducto de su titular o de sus agentes y auxiliares:

I. Investigar y perseguir los delitos del orden común, cometidos en el Estado de Tabasco, o que causen o estén destinados a causar sus efectos dentro del mismo territorio;

II. Proveer la pronta, expedita y debida procuración de justicia;

III. Velar por el respeto de los derechos humanos en la esfera de su competencia;

IV. Proteger los derechos e intereses de los menores, incapaces, ausentes, ancianos y otros de carácter individual o social, en general, en los términos que determinen las Leyes;

V. Realizar estudios, formular y ejecutar lineamientos de política criminal, promoviendo reformas que tengan por objeto hacer más eficiente la función de seguridad pública y contribuir al mejoramiento de la procuración e impartición de justicia;

VI. Realizar estudios, desarrollar programas de prevención del delito y fomentar el conocimiento de las leyes, con la participación de la comunidad en el ámbito de su competencia, y en los términos que los mismos señalen;

VII. Proporcionar la protección de los derechos de las víctimas de la conducta delictiva, del ofendido o de sus derechohabientes;

VIII. Cumplir con las leyes, reglamentos, convenios, bases y demás instrumentos de colaboración celebrados en los que se prevea la intervención de esta Institución, y;

IX. Las demás que señalen otras disposiciones legales.




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